Los siguientes apoyos se encuentran establecidos en el Contrato Colectivo de Trabajo STAUS-UNISON y están relacionados con la Formación y Habilitación del Personal Académico de la Universidad de Sonora.
Cláusula 176. Apoyos para la titulación (CCT_STAUS-UNISON 2021-2023)
La Universidad, a través de la Dirección de Apoyo a Docentes, Investigación y Posgrado, se obliga a gestionar, ante las dependencias correspondientes, los apoyos respectivos para la implementación de un programa de becas para la titulación del personal académico que sea pasante de licenciatura o posgrado.
Aunado a lo que se señala en el párrafo anterior, las partes acuerdan que:
1. La Universidad apoyará al personal académico que sea pasante de licenciatura o de posgrado, que reúna los siguientes requisitos:
1.1. Ser Personal de Carrera por tiempo indeterminado o bien,
1.2. Ser Personal de Asignatura con al menos 15 hsm indeterminadas o bien,
1.3. Ser Personal de Carrera o Asignatura por tiempo determinado con una antigüedad mínima de 3 años. El Personal de Asignatura debera impartir, además, al menos 15 hsm.
2. Los apoyos que se otorgarán al personal señalado en los puntos anteriores serán, según corresponda:
2.1. Tres viajes redondos por vía terrestre en línea de transporte de primera clase o su equivalente económico en caso de usar otros medios de transporte, si son egresados de Universidades de otros Estados de la República.
2.2. Cinco viajes redondos por vía terrestre en línea de transporte de primera clase o su equivalente económico en caso de usar otros medios de transporte, si son egresados de la UNISON y están adscritos a una Unidad Regional diferente a la de egreso.
2.3. Si es Personal de Carrera o Asignatura, impartir según su categoría la carga académica que corresponda, en no más de dos materias distintas, y darles, además, facilidades en su jornada complementaria.
2.4. Proporcionar el costo del número de ejemplares del trabajo escrito requerido por la institución otorgante del título o grado correspondiente.
3. Para el ejercicio de esta prestación:
3.1. El académico presentará ante la Dirección de Apoyo a Docentes, Investigación y Posgrado una solicitud en al que se especifiquen los tiempos y forma de goce de los apoyos anteriormente señalados para la obtención del grado correspondiente.
3.2. La citada dependencia analizará la solicitud y, en su caso, acordará con el solicitante los detalles del goce de los apoyos y la entrega del comprobante de grado.
3.3. La Dirección de Apoyo a Docentes, Investigación y Posgrado se encargará de realizar los trámites respectivos ante las diferentes instancias.
3.4. En caso de reembolsos, los comprobantes de gastos deberán cumplir con las disposiciones fiscales.
3.5. En caso de que el académico no esté de acuerdo con la determinación de la dependencia señalada, en torno a la solicitud de apoyo para titulación, podrá interponer un recurso de revisión ante la CMGFSPA, quien en un plazo máximo de cinco días hábiles, contados a partir de su interposición, lo analizará y resolverá. De persistir su desacuerdo, podrá interponer un recurso de revisión ante la CMGCRPA, quien en un plazo máximo de 5 días hábiles, contados a partir de su interposición, lo analizará y resolverá.
Procedimiento para trámite de reembolso
- Presentar mediante oficio la comprobación correspondiente de los gastos ejercidos de Impresión de Tesis y/o Transporte (cual sea el apoyo otorgado mediante la cláusula 176 del CCT vigente) anexando documento fiscal (factura).
- Entregar copia del acta de examen de grado, Kardex o constancia de calificaciones expedido por la Institución receptora.